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La viudedad foral aragonesa es el derecho que tiene el viudo o la viuda a usar y disfrutar de todos los bienes que fueron de su cónyuge o comunes del matrimonio.
El derecho de abolorio o de la saca es una fórmula del Derecho Civil aragonés que otorga a algunos familiares el derecho a adquirir determinados bienes cuando han sido o van a ser vendidos a una persona ajena a la familia.
La legítima es una parte de nuestro patrimonio de la cual no podemos disponer libremente a la hora de testar porque la ley establece que debe reservarse para determinadas personas.
La Fiducia sucesoria, una de las peculiaridades del Derecho Civil aragonés, es una figura que permite a un aragonés dar un mandato o poder para que cuando fallezca, otra persona, normalmente su cónyuge, ordene libremente su testamento.
El testamento mancomunado, el que realiza conjuntamente un matrimonio y que es habitual en Aragón, es una institución propia de nuestro Derecho Civil.
Una de las peculiaridades del Derecho Civil aragonés es que los aragoneses podemos ordenar nuestras sucesiones a través de pactos y contratos.
Los aragoneses tenemos un Derecho Civil especial que se remonta a la Edad Media y que se ha mantenido sin apenas cambios a lo largo de los siglos.
Ésta es la nuestra analiza de la mano del abogado Alfredo Sánchez Rubio la propuesta del Ministerio de Sanidad de aumentar de 14 a 16 años la edad para poder casarse. Eso exige una modificación del Código Civil, pero Aragón tiene su propio Derecho Foral, que es de aplicación preferente salvo reforma en contra ¿Qué pasa entonces? ¿A qué edad pueden casarse los aragoneses? El...

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